¡Ya está disponible la Resolución con los resultados de los Fondos Concursables 2020! Revísala en el área "Documentación"
.- Proceso 2020
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El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 21.020, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) y su Programa de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de compañía - Mascota Protegida, tiene el agrado de invitar a todas las personas jurídicas sin fines de lucro, cuya misión y objetivos sean la promoción de la tenencia responsable de animales de compañía a postular a los Fondos Concursables de la Ley 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, en su tercera versión año 2020.
En esta oportunidad, según disponibilidad presupuestaria, se ha destinado para este fondo concursable la suma de $ 602.505.000.- (seiscientos dos millones quinientos cinco mil pesos), para la ejecución de proyectos a desarrollarse dentro del territorio nacional.
El Fondo Concursable para la Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía tiene por finalidad apoyar e impulsar la labor de organizaciones promotoras de la Tenencia Responsable, financiando proyectos a nivel nacional, para fines de bienestar animal y prevención de enfermedades zoonóticas.
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Bases administrativas y técnicas de los Fondos Concursables de la Ley 21.020 de Tenencia responsable de Mascotas y Animales de Compañía 2020.
Ser Persona Jurídica sin fines de lucro y promotora de la tenencia responsable
Pueden postular las entidades con personalidad jurídica sin fines de lucro, promotoras de la protección de animales y de la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía (ver punto 2.1 Sobre las organizaciones postulantes, de las Bases).
Estar inscrita en el Registro Nacional de Personas Jurídicas Promotoras de la Tenencia Responsable
A la fecha de postulación, la entidad postulante debe encontrarse inscrita en el 'Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro Promotoras de la Tenencia Responsable de Mascotas o Animales de Compañía', creado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública a través de la SUBDERE, exigiéndose el Comprobante de Registro. La inscripción en el Registro se realiza presencialmente en la municipalidad donde la entidad fijó su dirección.
Estar inscrita en Registro de las Personas Jurídicas receptoras de Fondos Públicos
Al momento de la postulación, la persona jurídica debe estar inscrita en este Registro, conforme dispone la Ley 19.862, exigiéndose el Comprobante de Inscripción. Para inscribirse, debe seguir las instrucciones indicadas en el sitio web www.registros19862.cl .Para la emisión del certificado, tiene que revisar en la sección Preguntas Frecuentes en dicha web.
Tener al día la vigencia de persona jurídica y de directorio
Se necesita acreditar la vigencia, tanto de la persona jurídica como del directorio, para lo cual se solicitan certificados con una antigüedad no superior a 90 días de su fecha de presentación. Ambos certificados los emite el Servicio de Registro Civil e Identificación, las municipalidades o la entidad que corresponda.
Certificado de antecedentes o declaración simple del representante legal
Certificado de antecedentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, o declaración simple del representante legal que acredite no estar condenado por el delito de maltrato animal, o afectarle inhabilidad absoluta y/o perpetua de tenencia de animales.
Escaneo o fotografía de la cédula de identidad del representante legal
Escaneo o fotografía de la cédula de identidad por ambos lados del representante legal que suscribirá el convenio.
Escaneo, fotografía ó RUT digital de la persona jurídica
Legible por ambos lados del Rol Único Tributario de la entidad que postula, aceptándose RUT provisorio.
Declaración Jurada Simple del representante legal señalando que la persona jurídica no tiene deudas
Declaración Jurada Simple del representante legal de la entidad concursante que señale que esta no tiene deudas laborales y previsionales, según formato adjunto Anexo N°2 (ver final de las Bases)
Certificado Tesorería General de la República
Certificado emitido por la Tesorería General de la República, que acredite que la entidad postulante, no tiene deudas tributarias vigentes.
Declaración jurada simple, según formato adjunto Anexo N°1
Declaración jurada simple, según formato adjunto Anexo N°1 (ver final de las Bases)
Presentar un proyecto en la forma y plazo definidos en las Bases
Es necesario que la persona jurídica presente un proyecto, de acuerdo a lo indicado en las Bases, junto a la documentación requerida.
Revisar bien las Bases, Respuestas y Aclaratorios
Por último, se señala que es indispensable leer las Bases, Respuestas y Aclaratorios, así como todo documento e información disponible en este sitio web, para una exitosa postulación de proyecto por parte de la persona jurídica.
Tipo Proyecto | Monto máximo a postular |
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a) Educación y cultura en tenencia responsable. | $ 4.000.000 |
b) Esterilizaciones caninas y felinas y atención veterinaria primaria. | $ 15.000.000 |
c) Rescate, recuperación y reubicación. | $ 6.000.000 |
d) Cuidado de mascotas en centros o lugares destinados a su mantención, señalándose la ubicación y capacidad de cada uno de ellos. | $ 7.000.000 |
e) Adiestramiento, rehabilitación y comportamiento animal. | $ 4.000.000 |
f) Asesorías jurídicas, juicios, consultorías, desarrollo institucional, articulación y proposición de normas legales. | $ 3.000.000 |
Las consultas deben dirigirse vía correo electrónico a fondoconcursable@subdere.gov.cl. Una vez recibidas las consultas durante el período indicado, se contestarán a través de un consolidado de respuestas a publicarse en esta misma página web, en los plazos establecidos en las Bases.